Plazos para el divorcio
Uno de los puntos que más preocupan a la pareja que quiere divorciarse es el plazo que ello conllevará. Desde que la pareja toma la decisión de disolver su matrimonio hasta que el Juez dicta la sentencia final que hace efectivo el divorcio, ¿cuánto tiempo transcurre? Nuestros abogados de Granada, expertos en materia de divorcios, se lo explican.
Para divorciarse, basta con que uno de los cónyuges no desee continuar el matrimonio para demandar el divorcio, sin que el otro cónyuge pueda oponerse a la petición por cualquier motivo, y sin que el Juez pueda rechazar la petición, salvo por motivos muy personales. ¿Cómo se interpone la demanda de divorcio?
Lo primero que le dirá el abogado es que hace falta que hayan transcurrido mínimo tres meses desde la celebración del matrimonio. No obstante, existe una excepción que confirma la regla, y es en aquellos casos en los que se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física o moral, la libertad e indemnidad sexual del cónyuge que demanda, o de los hijos de ambos, o de cualquiera de los miembros del matrimonio. Por tanto, cuando prevalezca el interés de los hijos o del cónyuge demandante, se justificará la suspensión o disolución de la convivencia con antelación a estos requeridos tres meses.
Lo segundo que hará el abogado será ayudarle a proponer una serie de medidas que acompañarán a la demanda. Estas medidas son las que servirán para regular los efectos derivados de la separación. Obviamente, hacer esta labor sin la ayuda de un experto, demora el proceso. Si cuenta con los servicios de nuestros abogados, reducirá enormemente el tiempo, ya que tenemos amplia experiencia en divorcios y sabremos proponerle las medidas más adaptadas a su tipo de caso.
Además, no perderá el tiempo descubriendo qué tipo de divorcio debe pedir, ya que nuestros abogados sabrán desde el primer momento si se trata de un divorcio contencioso, de mutuo acuerdo o quiere y puede optar por el divorcio exprés.
Para divorciarse, basta con que uno de los cónyuges no desee continuar el matrimonio para demandar el divorcio, sin que el otro cónyuge pueda oponerse a la petición por cualquier motivo, y sin que el Juez pueda rechazar la petición, salvo por motivos muy personales. ¿Cómo se interpone la demanda de divorcio?
Lo primero que le dirá el abogado es que hace falta que hayan transcurrido mínimo tres meses desde la celebración del matrimonio. No obstante, existe una excepción que confirma la regla, y es en aquellos casos en los que se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física o moral, la libertad e indemnidad sexual del cónyuge que demanda, o de los hijos de ambos, o de cualquiera de los miembros del matrimonio. Por tanto, cuando prevalezca el interés de los hijos o del cónyuge demandante, se justificará la suspensión o disolución de la convivencia con antelación a estos requeridos tres meses.
Lo segundo que hará el abogado será ayudarle a proponer una serie de medidas que acompañarán a la demanda. Estas medidas son las que servirán para regular los efectos derivados de la separación. Obviamente, hacer esta labor sin la ayuda de un experto, demora el proceso. Si cuenta con los servicios de nuestros abogados, reducirá enormemente el tiempo, ya que tenemos amplia experiencia en divorcios y sabremos proponerle las medidas más adaptadas a su tipo de caso.
Además, no perderá el tiempo descubriendo qué tipo de divorcio debe pedir, ya que nuestros abogados sabrán desde el primer momento si se trata de un divorcio contencioso, de mutuo acuerdo o quiere y puede optar por el divorcio exprés.